El derecho de pernada es una supuesta práctica medieval en la que el señor feudal tenía relaciones sexuales con las siervas de sus dominios cuando estas contraían matrimonio durante la propia noche de bodas.
No se sabe a ciencia cierta si la práctica era real o no y con qué frecuencia podría haber pasado. Se ha llegado a pensar que era algo más bien simbólico. Lingüísticamente se le conoce de varios modos, pero su expresión base es la latina IusPrimaeNoctis, cuya traducción literal sería «el derecho de la primera noche».
Asimismo, en inglés se le conoce por la expresión francesa droit du seigneur, a pesar de que en la propia Francia se refieren a la práctica como droit de cuissage.
Origen
Existen distintos documentos de la Edad Media que hacen intuir la ocurrencia del derecho de pernada. Sin embargo, durante la Ilustración hubo una cantidad de leyendas negras en torno al periodo medieval.
Se piensa que tales discursos posteriores al Medioevo eran usuales para menospreciar todo lo relativo a la Edad Media. Adicionalmente, se piensa que el origen del derecho de pernada es muy antiguo y de naturaleza germánica.
De haber ocurrido, se le considera con toda claridad una forma de abuso sexual. Lo que sí es un hecho es que se han dado con frecuencia prácticas de abuso sexual en contextos antiguos y durante la colonia latinoamericana, y de ello sí hay registros.
El derecho de pernada se supone que tuvo su origen en la antigüedad y estaba circunscrito a aspectos de corte simbólico. Según algunas teorías, este origen alegórico incluso podría remontarse a aspectos de naturaleza antropológica.
Aun cuando sea o no sea cierto este mito, lo que tendríamos que puntualizar primero es por qué se ha tejido todo este discurso en torno al derecho de pernada.
Hipótesis del macho alfa
Es un hecho cierto que, en el ámbito animal y en las comunidades humanas, sobre todo en estadios previos a la cultura, existe la categoría del macho alfa. Descrito de un modo muy esquemático y poco ortodoxo, el macho alfa es quien ejerce el dominio del grupo.
Por ejemplo, ello se da en grupos de primates, entre perros y entre felinos. Entonces, el rango del señor feudal en el ordenamiento medieval vendría ser análogo al del macho alfa.
Esto se daba en el sentido de que el señor era quien ejercía el dominio de su entorno, a la vez que era el individuo en torno al cual se aglutinaba el resto. De ser cierta esta hipótesis, la raíz del derecho de pernada sería en extremo atávica.
Rituales de iniciación como hipótesis
Por otro lado, habría consideraciones también en el límite de la historia y la Prehistoria referidas al origen del derecho de pernada. Estas tienen relación con los rituales de iniciación sexual que son característicos de muchas culturales, incluyendo algunas que aún sobreviven en esta era.
Estos rituales consistían en la iniciación del individuo que ingresaba a la vida sexual por parte de algún miembro prominente de la comunidad o la familia. Por ejemplo, este podría ser la madre o el chamán.
Civilizaciones precolombinas, al igual que del Pacífico Sur y de África, tuvieron estas prácticas. Antropólogos de la importancia de Bronisław Malinowski o el filósofo y estudioso de las religiones, Mircea Eliade, dan cuenta de ello.
Las mencionadas anteriormente son hipótesis de las cuales no hay mayores indicios en cuanto a que sean la verdadera causa. En todo caso, más preciso es rastrear los orígenes en las tribus germánicas y, posteriormente, en el propio Medioevo.
Antecedentes germánicos
Los antecedentes germánicos se refieren primordialmente a la costumbre denominada beilager. Esta correspondía al derecho del señor de una determinada sippe a compartir el lecho nupcial con la mujer recién desposada.
El concepto de sippe era de orden jurídico y expresaba a un conjunto de individuos que estaban vinculados por un tronco familiar común de índole masculina. Estas sippes tenían una finalidad similar al de los feudos medievales, en cuanto a la autodefensa.
En todo caso, el derecho del señor a tener relaciones sexuales con la desposanda la primera noche era una reafirmación del rango de este. Asimismo, ese derecho podía ser sustituido por el aporte de una cantidad de dinero por parte del recién casado.
El pago en metálico fluctuaba y era mayor en tanto mayor fuese la jerarquía social de la novia. Hay que inferir que si la práctica llegó a darse en la Edad Media, esta podría haber sido una prolongación del beilager.
Antecedentes en la historia clásica
Otra fuente muy importante que nos ha llegado de la posible ocurrencia de esta práctica atroz está en Heródoto. Lo relatado por Heródoto en su cuarto Libro sobre la Historia apunta a la tribu libia de los adirmáquidas.
Según lo referido por el historiador y geógrafo griego, era costumbre en esa localidad llevarles primero al rey a todas las novias por desposarse, para que este las desflorara si era su deseo.
Además, la mitología clásica da cuenta de situaciones en que mortales son violadas por dioses. A partir de esto se originan algunos linajes mortales, pero esto solo está en el ámbito de lo mítico.
Indicios medievales en el derecho de pernada
No existen recuentos directos de que la práctica ocurriese, al igual de que no estaba establecido en el derecho canónico. Sin embargo, hay algunos indicios por vías textuales o jurídicas que permitirían inferir que el derecho de pernada llegó a concretarse en algún momento.
La crónica irlandesa conocida como Anales de Clonmacnoise pone en evidencia prerrogativas por parte de gobernadores vikingos durante la temprana Edad Media. Dichos gobernadores tendrían el privilegio de desflorar en primer término a las desposadas en la noche de bodas.
Sin embargo, estas prácticas eran de algún modo aceptadas en la tradición irlandesa y celta. En líneas generales, los Anales de Clonmacnoise dan buena evidencia de la situación en Irlanda desde la Prehistoria y hasta el siglo XV.
También existe un documento del año 1400 que proviene de Suiza. En este texto, que tiene carácter legal, se establece que las desposadas debían ser entregadas al señor la primera noche, salvo que el esposo aceptase pagar un impuesto en metálico.
En este caso, el monto estipulado era de 30 peniques; reescrituras posteriores de dicho documento establecían inclusive las modalidades de pago.
Provenientes de España, también hay indicios de que la práctica se llevase a cabo. Esto lo veremos en detalle a continuación.
Derecho de pernada en España
De las conjeturas que existen en torno a la posible ocurrencia del derecho de pernada, dos vienen de España. Estando también España en el contexto político del feudalismo, no es de extrañar que su realidad fuese similar al resto de las naciones europeas.
Hacia el siglo XII, documentos jurídicos pertenecientes a Alfonso X de Castilla dejan indicios de que podría haberse efectuado el derecho de pernada. En sí, estos documentos jurídicos expresan que se impondrían multas de hasta 500 sueldos a quien violentase la noche de bodas.
Sin embargo, el punto clave consiste en que en dicho documento jurídico es la Corona la que se reserva el derecho de juzgar el delito. Obviamente, la idea de protegerse entre miembros de la nobleza queda implícita aquí.
Fernando el Católico
De Fernando el Católico también hay documentos que indican la posibilidad de que dicha práctica se hubiese dado en España. Este escrito forma parte de la sentencia arbitral de Guadalupe.
En dicho texto se establece que los señores no podrán dormir con una mujer recién casada la primera noche en símbolo de señoría. Probablemente el objetivo de la Corona fue poner límite a abusos que se vinieran cometiendo por parte de la nobleza.
A pesar de que lo relativo al derecho de pernada no pudiera comprobarse del todo, sí es un hecho que durante la Edad Media hubo situaciones de abusos sexuales por parte de clases nobiliarias.
Se dieron casos célebres, como por ejemplo la Rebelión de Campesinos de Remensa. Esto ocurrió en Cataluña entre 1440 y 1486 y estuvo suscitada, entre otras cosas, por agravios de tipo sexual por parte de los señores a los vasallos.
Asimismo, entre 1467 y 1469 ocurrió la Revuelta de los Irmandiños Gallegos, donde también hubo casos de violaciones por parte de señores. Es importante hacer mención de que los abusos de naturaleza sexual no eran muy frecuentes por parte de los nobles.
¿Mito o realidad?
Como hemos podido observar, no se cuenta en la actualidad con pruebas fehacientes y científicas de que dicha práctica haya ocurrido o no. Este es el principal obstáculo para establecer conclusiones definitivas.
Los historiadores apuntan a que era algo más de tipo simbólico, al igual que al hecho de que los campesinos requerían el permiso de su señor para casarse. Dicha autorización implicaba un impuesto que debía ser pagado al propio señor feudal. Este impuesto recibió distintos nombres según la lengua en la cual fuese expresado, pero la voz latina era cullagium, que significaba «la colecta».
El final del derecho de pernada
En definitiva, la intervención de monarcas con gran poder, tales como Fernando El católico o Alfonso X, fue poniendo coto a estas supuestas prácticas.
El golpe de gracia lo daría la Iglesia mediante el derecho canónico y la protección que este da a la institución del matrimonio. Sin embargo, de algún modo siguieron dándose prácticas abusivas en otros contextos, como los de la colonia latinoamericana.
En estos casos, los abusos se dieron contra indígenas y posteriormente contra campesinos que trabajaban a las órdenes de hacendados.
Sin lugar a dudas, haya ocurrido o no, el derecho de pernada es una situación de abuso contra la integridad del otro. La tarea de la humanidad es trascenderlo en pos de una mejor civilización.
[+ Información]
«Le droit du seigneur» por Vasili Polénov Un cuadro historicista que recrea de manera idealizada la escena de un anciano entregando sus jóvenes hijas al señor feudal.
No se sabe a ciencia cierta si la práctica era real o no y con qué frecuencia podría haber pasado. Se ha llegado a pensar que era algo más bien simbólico. Lingüísticamente se le conoce de varios modos, pero su expresión base es la latina IusPrimaeNoctis, cuya traducción literal sería «el derecho de la primera noche».
Asimismo, en inglés se le conoce por la expresión francesa droit du seigneur, a pesar de que en la propia Francia se refieren a la práctica como droit de cuissage.
Origen
Existen distintos documentos de la Edad Media que hacen intuir la ocurrencia del derecho de pernada. Sin embargo, durante la Ilustración hubo una cantidad de leyendas negras en torno al periodo medieval.
Se piensa que tales discursos posteriores al Medioevo eran usuales para menospreciar todo lo relativo a la Edad Media. Adicionalmente, se piensa que el origen del derecho de pernada es muy antiguo y de naturaleza germánica.
De haber ocurrido, se le considera con toda claridad una forma de abuso sexual. Lo que sí es un hecho es que se han dado con frecuencia prácticas de abuso sexual en contextos antiguos y durante la colonia latinoamericana, y de ello sí hay registros.
El derecho de pernada se supone que tuvo su origen en la antigüedad y estaba circunscrito a aspectos de corte simbólico. Según algunas teorías, este origen alegórico incluso podría remontarse a aspectos de naturaleza antropológica.
Aun cuando sea o no sea cierto este mito, lo que tendríamos que puntualizar primero es por qué se ha tejido todo este discurso en torno al derecho de pernada.
Hipótesis del macho alfa
Es un hecho cierto que, en el ámbito animal y en las comunidades humanas, sobre todo en estadios previos a la cultura, existe la categoría del macho alfa. Descrito de un modo muy esquemático y poco ortodoxo, el macho alfa es quien ejerce el dominio del grupo.
Por ejemplo, ello se da en grupos de primates, entre perros y entre felinos. Entonces, el rango del señor feudal en el ordenamiento medieval vendría ser análogo al del macho alfa.
Esto se daba en el sentido de que el señor era quien ejercía el dominio de su entorno, a la vez que era el individuo en torno al cual se aglutinaba el resto. De ser cierta esta hipótesis, la raíz del derecho de pernada sería en extremo atávica.
Rituales de iniciación como hipótesis
Por otro lado, habría consideraciones también en el límite de la historia y la Prehistoria referidas al origen del derecho de pernada. Estas tienen relación con los rituales de iniciación sexual que son característicos de muchas culturales, incluyendo algunas que aún sobreviven en esta era.
Estos rituales consistían en la iniciación del individuo que ingresaba a la vida sexual por parte de algún miembro prominente de la comunidad o la familia. Por ejemplo, este podría ser la madre o el chamán.
Civilizaciones precolombinas, al igual que del Pacífico Sur y de África, tuvieron estas prácticas. Antropólogos de la importancia de Bronisław Malinowski o el filósofo y estudioso de las religiones, Mircea Eliade, dan cuenta de ello.
Las mencionadas anteriormente son hipótesis de las cuales no hay mayores indicios en cuanto a que sean la verdadera causa. En todo caso, más preciso es rastrear los orígenes en las tribus germánicas y, posteriormente, en el propio Medioevo.
Antecedentes germánicos
Los antecedentes germánicos se refieren primordialmente a la costumbre denominada beilager. Esta correspondía al derecho del señor de una determinada sippe a compartir el lecho nupcial con la mujer recién desposada.
El concepto de sippe era de orden jurídico y expresaba a un conjunto de individuos que estaban vinculados por un tronco familiar común de índole masculina. Estas sippes tenían una finalidad similar al de los feudos medievales, en cuanto a la autodefensa.
En todo caso, el derecho del señor a tener relaciones sexuales con la desposanda la primera noche era una reafirmación del rango de este. Asimismo, ese derecho podía ser sustituido por el aporte de una cantidad de dinero por parte del recién casado.
El pago en metálico fluctuaba y era mayor en tanto mayor fuese la jerarquía social de la novia. Hay que inferir que si la práctica llegó a darse en la Edad Media, esta podría haber sido una prolongación del beilager.
Antecedentes en la historia clásica
Otra fuente muy importante que nos ha llegado de la posible ocurrencia de esta práctica atroz está en Heródoto. Lo relatado por Heródoto en su cuarto Libro sobre la Historia apunta a la tribu libia de los adirmáquidas.
Según lo referido por el historiador y geógrafo griego, era costumbre en esa localidad llevarles primero al rey a todas las novias por desposarse, para que este las desflorara si era su deseo.
Además, la mitología clásica da cuenta de situaciones en que mortales son violadas por dioses. A partir de esto se originan algunos linajes mortales, pero esto solo está en el ámbito de lo mítico.
Indicios medievales en el derecho de pernada
No existen recuentos directos de que la práctica ocurriese, al igual de que no estaba establecido en el derecho canónico. Sin embargo, hay algunos indicios por vías textuales o jurídicas que permitirían inferir que el derecho de pernada llegó a concretarse en algún momento.
La crónica irlandesa conocida como Anales de Clonmacnoise pone en evidencia prerrogativas por parte de gobernadores vikingos durante la temprana Edad Media. Dichos gobernadores tendrían el privilegio de desflorar en primer término a las desposadas en la noche de bodas.
Sin embargo, estas prácticas eran de algún modo aceptadas en la tradición irlandesa y celta. En líneas generales, los Anales de Clonmacnoise dan buena evidencia de la situación en Irlanda desde la Prehistoria y hasta el siglo XV.
También existe un documento del año 1400 que proviene de Suiza. En este texto, que tiene carácter legal, se establece que las desposadas debían ser entregadas al señor la primera noche, salvo que el esposo aceptase pagar un impuesto en metálico.
En este caso, el monto estipulado era de 30 peniques; reescrituras posteriores de dicho documento establecían inclusive las modalidades de pago.
Provenientes de España, también hay indicios de que la práctica se llevase a cabo. Esto lo veremos en detalle a continuación.
Derecho de pernada en España
De las conjeturas que existen en torno a la posible ocurrencia del derecho de pernada, dos vienen de España. Estando también España en el contexto político del feudalismo, no es de extrañar que su realidad fuese similar al resto de las naciones europeas.
Hacia el siglo XII, documentos jurídicos pertenecientes a Alfonso X de Castilla dejan indicios de que podría haberse efectuado el derecho de pernada. En sí, estos documentos jurídicos expresan que se impondrían multas de hasta 500 sueldos a quien violentase la noche de bodas.
Sin embargo, el punto clave consiste en que en dicho documento jurídico es la Corona la que se reserva el derecho de juzgar el delito. Obviamente, la idea de protegerse entre miembros de la nobleza queda implícita aquí.
Fernando el Católico
De Fernando el Católico también hay documentos que indican la posibilidad de que dicha práctica se hubiese dado en España. Este escrito forma parte de la sentencia arbitral de Guadalupe.
En dicho texto se establece que los señores no podrán dormir con una mujer recién casada la primera noche en símbolo de señoría. Probablemente el objetivo de la Corona fue poner límite a abusos que se vinieran cometiendo por parte de la nobleza.
A pesar de que lo relativo al derecho de pernada no pudiera comprobarse del todo, sí es un hecho que durante la Edad Media hubo situaciones de abusos sexuales por parte de clases nobiliarias.
Se dieron casos célebres, como por ejemplo la Rebelión de Campesinos de Remensa. Esto ocurrió en Cataluña entre 1440 y 1486 y estuvo suscitada, entre otras cosas, por agravios de tipo sexual por parte de los señores a los vasallos.
Asimismo, entre 1467 y 1469 ocurrió la Revuelta de los Irmandiños Gallegos, donde también hubo casos de violaciones por parte de señores. Es importante hacer mención de que los abusos de naturaleza sexual no eran muy frecuentes por parte de los nobles.
¿Mito o realidad?
Como hemos podido observar, no se cuenta en la actualidad con pruebas fehacientes y científicas de que dicha práctica haya ocurrido o no. Este es el principal obstáculo para establecer conclusiones definitivas.
Los historiadores apuntan a que era algo más de tipo simbólico, al igual que al hecho de que los campesinos requerían el permiso de su señor para casarse. Dicha autorización implicaba un impuesto que debía ser pagado al propio señor feudal. Este impuesto recibió distintos nombres según la lengua en la cual fuese expresado, pero la voz latina era cullagium, que significaba «la colecta».
El final del derecho de pernada
En definitiva, la intervención de monarcas con gran poder, tales como Fernando El católico o Alfonso X, fue poniendo coto a estas supuestas prácticas.
El golpe de gracia lo daría la Iglesia mediante el derecho canónico y la protección que este da a la institución del matrimonio. Sin embargo, de algún modo siguieron dándose prácticas abusivas en otros contextos, como los de la colonia latinoamericana.
En estos casos, los abusos se dieron contra indígenas y posteriormente contra campesinos que trabajaban a las órdenes de hacendados.
Sin lugar a dudas, haya ocurrido o no, el derecho de pernada es una situación de abuso contra la integridad del otro. La tarea de la humanidad es trascenderlo en pos de una mejor civilización.
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